Licencia Turística en Madrid (2025)

¿Tienes una vivienda en Madrid y quieres alquilarla como turística? Descubre los pasos y requisitos para obtener la licencia correspondiente en 2025.

¿Es obligatoria la licencia turística en Madrid?

Sí. En la Comunidad de Madrid, las viviendas de uso turístico (VUT) deben cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 29/2019, que regula la actividad. La vivienda debe estar registrada y contar con una licencia que permita su uso como alojamiento temporal.

Requisitos principales

  • Presentar una declaración responsable ante la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid.
  • Contar con cédula de habitabilidad o documento equivalente.
  • Respetar las condiciones de accesibilidad y seguridad.
  • Disponer de ventilación, calefacción y mobiliario adecuado.
  • Instalación de hojas informativas, extintores y hojas de reclamaciones.

¿Dónde se tramita?

El proceso se realiza online a través del portal de Turismo de la Comunidad de Madrid. Es necesario disponer de certificado digital o sistema Cl@ve.

¿Y después?

Una vez presentada la declaración responsable, recibirás el número de registro que deberás incluir en todas las plataformas de publicación (Airbnb, Booking, etc.).

Además, recuerda que a partir del 1 de julio de 2025 es obligatorio inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad con tu Número de Registro de Alquiler Turístico (NRA).